El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado el Reglamento de Ejecución 2017/1492 de la Comisión por el que se autoriza el colecalciferol como aditivo en piensos para todas las especies animales.
Cabe destacar que el colecalciferol o vitamina D3 es un derivado del colesterol vía 7-dehidrocolesterol, procedente en forma natural en pigmentos de algunos animales. La vitamina D es una prohormona que se asocia a funciones antienvejecimiento. Una deficiencia de esta vitamina por malnutrición causa osteoporosis, osteomlacia e hipocalcemia. Por el contrario, un exceso de esta vitamina podrían asociarse a hipercalcemia.
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (AESA) en enero de 2017 concluyó que el colecalciferol, en las condiciones propuestas en piensos, “no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana, ni el medio ambiente”. Asimismo, la AESA concluyó que esta sustancia es “una fuente eficaz de vitamina D3”.
Como medidas transitorias se establece en el anexo del Reglamento que las premezclas que la contengan y los piensos compuestos y materiales para estos, producidas y etiquetadas antes del 11 de marzo de 2018 de conformidad con las normas aplicables antes del 11 de septiembre de 2017, “podrían seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias”.
En especies de peces se establece la concentración de 3.000 UI (Unidad Internacional de farmacología), 0,075 mg por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 por ciento.
Este Reglamento entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el DOUE.
Como medidas transitorias se establece en el anexo del Reglamento que las premezclas que la contengan y los piensos compuestos y materiales para estos, producidas y etiquetadas antes del 11 de marzo de 2018 de conformidad con las normas aplicables antes del 11 de septiembre de 2017, “podrían seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias”.
En especies de peces se establece la concentración de 3.000 UI (Unidad Internacional de farmacología), 0,075 mg por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 por ciento.
Este Reglamento entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el DOUE.
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